[Por Jorge Luis Costanza]
[Ilustración de Andrés Manta]
Un resumen muy resumido de la nueva Ley De Servicios De Comunicación Audiovisual. Lo que dejó su debate, el non-debate de los medios y un esbozo tentativo de lo que se viene en Córdoba.
“¡Qué extraña escena describes -dijo- y qué extraños prisioneros!”
(Platón. La República, Libro VII)
1 – El Garage TV (realidad tuneada)
Imaginen a cuarenta millones de argentinos sentados, desde temprana edad, al fondo de un garage, atados de piernas y manos y todos mirando contra la misma pared. A sus espaldas una sola luz, monopólica luz, refleja desde lejos la realidad que entre ella y los prisioneros se interpone. Imaginen, entonces, que lo que éstos han visto a lo largo de sus vidas no han sido sino sombras de esa realidad, las sombras que la luz hizo (y quiso) que vieran.
Piensen cómo esa luz podría representar hoy a los pocos grandes medios de comunicación, que, aún amparados en las bondades de una vetusta ley de radiodifusión de tiempos dictatoriales, proyectan sus verdades con fines de lucro en televisores y radios. Rehenes y sin otras opciones, muchos las creen.
Es la situación/escena que vino a corregir la nueva Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, impulsada por el Gobierno, modificada en Diputados y sancionada por el Senado el mes pasado. Su debate arrancó máscaras, extirpó caretas y fue de lo más picante en los últimos años de democracia.
El que se lo perdió, se jodió.
2 – Canal Plural (los actores)
Basada en los 21 puntos de la Coalición por una Radiodifusión Democrática (www.coalicion.org.ar), la nueva ley establece que cualquiera podrá acceder o brindar servicios de comunicación de radio o televisión. La actividad es considerada “de interés público y fundamental para el desarrollo sociocultural” de la sociedad. Se divide en tres grandes actores a las personas que pueden prestar el servicio de comunicación audiovisual: aquellas con fines de lucro, aquellas sin esos fines (organizaciones sociales, sindicatos, universidades, comunidades aborígenes, etcétera) y el Estado (este Gobierno u otro por venir). Por ser lo que más interferencias generó y dada la imposibilidad de resumir –sin editar– un texto de 12 títulos y 166 artículos en poco más de mil palabras, nos centraremos en las limitaciones al primero de los tres protagonistas.
Si se enganchó, pase al siguiente canal.
3 – Gourmet (¿privados en el horno?)
“A fin de garantizar los principios de diversidad, pluralidad y respeto por lo local –reza el artículo 45– se establecen límites a la concentración de licencias”.
A nivel nacional:
a) Quien tenga una señal satelital audiovisual no podrá tener nada más.
b) Se pueden tener hasta 10 licencias de comunicación audiovisual, más una señal de contenidos.
c) Hasta 24 licencias para radiodifusión por suscripción (TV por cable), siempre que el vínculo físico de las mismas tenga diferentes localizaciones. Aclaración: en ningún caso la multiplicidad de licencias podrá significar para un mismo prestador la posibilidad de ofrecer sus servicios a más del 35 por ciento de los habitantes del país.
A nivel local:
a) Sólo una señal AM.
b) Sólo una señal FM, o hasta dos si existiesen más de ocho en el área primaria.
c) Sólo una licencia televisiva por suscripción, siempre que el solicitante no fuera dueño de una licencia de televisión abierta.
d) Sólo una licencia de televisión abierta, siempre que el solicitante no fuera dueño de una licencia televisiva por suscripción. Vale una aclaración aquí también: en ningún caso la suma del total de licencias otorgadas en la misma área podrá exceder la cantidad de tres licencias. Está clarito. Cualquier vericueto legal será sospechado de interesado.
4 – Polémica en el bar (los dos artículos más maldecidos)
Pese a que la multiplicidad de licencias permitida fue el desencadenante principal de críticas y reacciones, hubo también otros artículos que dispararon una polémica sin cortes.
Por ejemplo, el artículo 14, que establece la composición de la Autoridad de Aplicación de la ley como un organismo descentralizado y autárquico en el ámbito del Poder Ejecutivo. Dice éste que la conducción de dicha Autoridad “será ejercida por un Directorio integrado por siete miembros”, siendo: un presidente y un director designados por el Ejecutivo, un director propuesto por la mayoría o primera minoría parlamentaria, un director propuesto por la segunda minoría, otro propuesto por la tercera minoría y dos directores propuestos por el Consejo Federal de Comunicación Audiovisual. Se criticó “el peso del Ejecutivo y la falta de transparencia en la selección”.
También fue podio del rechazo el artículo 161, casi escondido al final del texto ley. Dice: “Los titulares de licencias (…) que a la fecha de su sanción no reúnan o no cumplan los requisitos previstos por la misma, o las personas jurídicas que (…) fueran titulares de una cantidad mayor de licencias, o con una composición societaria diferente a la permitida, deberán ajustarse a las disposiciones de la presente en un plazo no mayor a un año desde que la autoridad de aplicación establezca los mecanismos de transición”. Se traduce: en un año (a partir de la creación de la Autoridad, no de la sanción de la ley) se caen las licencias que superen el límite permitido.
Para entender mejor el porqué de los reclamos, tome el control y pase a ver Venus, apto para todo público en esta grilla.
5 – Venus (medios al desnudo o porno soft)
La presidenta Cristina Fernández anticipó el proyecto de Comunicación Audiovisual el 18 de marzo pasado, medio año antes de su ingreso al Congreso. “Como todo lo que afecta intereses en el camino, habrá piedras en el camino”, pronosticó en aquella oportunidad. Y no le pifió: la respuesta de los principales medios fue, cuando menos, pornográfica. Silencio stampa mientras el proyecto era discutido por universidades y organizaciones sociales; alaridos y vestiduras rasgadas cuando el texto llegó a Diputados. Que “hay apuro”; que “este Congreso no es legítimo” o que “el Gobierno busca coartar la libertad de expresión”; que, en definitiva, “se trata de la ley de medios K”. Fundamentos flojos de papeles que se lanzaban desde las tapas de los diarios y repiqueteaban durante días en canales y frecuencias propias o amigas. Siempre, claro, con el apoyo incondicional de una oposición presta al juego de las grandes corporaciones.
Los nervios se entienden: según estimaciones publicadas por el diario Crítica de la Argentina, “los siete grupos más importantes del país podrían perder 276 de un total de 360 licencias que hoy tienen en su poder. El máximo perdedor será el Grupo Clarín –avanza el matutino porteño–, que se vería obligado a ceder 236 de las 264 licencias que el Comfer identificó en sus manos”. Según el Gobierno, Grupo Clarín es dueño del 73 por ciento de las licencias de radiodifusión del país, cifra que fue desmentida por el grupo.
En orden decreciente, la lista de perjudicados sigue con el Grupo Uno, de Vila-Manzano, el español Grupo Prisa y la cordobesa Cadena 3. Sus posiciones estaban cantadas.
Con lo que, en este punto, el debate parió uno de sus aspectos más positivos: que los grandes medios se hayan desnudado ante la sociedad y posado –nunca antes de manera tan elocuente– como lo que realmente son: empresas que monopolizan la información.
6 – CBA. (intereses afectados en nuestra provincia)
Al igual que sucede a nivel país, también en Córdoba el Grupo Clarín sería uno de los dos actores más afectados por la nueva legislación. La empresa, dueña además de los diarios La Voz del Interior y Día a Día, “podría verse obligada a optar entre quedarse con Canal Doce o con Cablevisión o con Multicanal”, según pronósticos publicados por el propio matutino centenario. Además, amplía Crítica…, el Comfer habría detectado “irregularidades” en cinco de las radios que controla el multimedio, entre ellas “una de Córdoba”, que también quedaría en jaque.
Cadena 3, en tanto, es citada en ámbitos porteños como la empresa del interior que más terreno cedería. “Posee 19 licencias a nivel nacional –estima Crítica…–, debería desprenderse de nueve”. Y agrega La Voz…: “Vería sustancialmente alterada su estructura Cadena 3, que cimenta su llegada nacional en una veintena de emisoras esparcidas por todo el país, mientras que el proyecto de nueva ley fija un máximo de 10 emisoras por licenciatario”. Y sentencia: “También se vería afectada por las restricciones para emitir ‘en dúplex’ entre emisoras AM y FM”, por lo que La Voz… define como “imposiciones de contenido”.
Precaución: tome con pinzas esa última visión.
7 – Futurama (predicciones de corte y la cohorte)
Lo citado como potencia en párrafos anteriores será indefectiblemente acto a menos que prosperen los dos caminos que, ya prometieron, transitarán ahora las corporaciones y su cohorte de opositores. A saber: un aluvión de amparos y denuncias en la Justicia, y el intento que hará “el nuevo Congreso” por derogar la ley a partir del 10 de diciembre. Sobre lo primero, se recuerda que lo mismo se dijo tras la eliminación de las AFJP y poco aconteció. Sobre lo segundo, se verá: es parte del juego democrático.








